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Más investigación, menor impacto de las enfermedades cerebrales

Actualmente la financiación pública para la investigación es insuficiente para poder afrontar todos los ambiciosos retos y metas que las personas que nos dedicamos a esta labor, tenemos y nos autoimponemos, para llegar a comprender mejor las enfermedades cerebrales y poder así combatirlas con eficacia y eficiencia.

De ahí que necesitemos informar debidamente a la sociedad sobre la importancia de realizar contribuciones voluntarias y desinteresadas, que nos permitan movilizar más y mejores recursos en la búsqueda de terapias para las enfermedades neurodegenerativa y autoinmunes del cerebro, como el Alzheimer, Parkinson, Esclerosis Múltiple,… por mencionar sólo algunas.

AYUDAR A ACHUCARRO

Achucarro Basque Center for Neuroscience Fundazioa, el centro ACHUCARRO, es una institución de investigación de vanguardia en el campo de las neurociencias. Desde su constitución en 2012, poniendo en valor e incorporando el talento de personas y grupos de investigación que ya estaban en nuestro sistema científico y académico, ACHUCARRO ha conseguido crear un proyecto de investigación científica de excelencia que es ya reconocido por su original y prometedor enfoque temático en el estudio de las interacciones entre las neuronas y la glía.

Nuestro objetivo principal, que se resume en nuestro lema, es avanzar en el conocimiento del cerebro y en la transferencia de los avances científicos más fundamentales al ámbito clínico, para contribuir a prevenir, diagnosticar y tratar, más y mejor, las enfermedades cerebrales.

COLABORADORAS/ES

Si su empresa está interesada en colaborar con un proyecto social en relación con la investigación en neurociencias, ACHUCARRO cuenta con multitud de proyectos de investigación en enfermedades del cerebro, o la posibilidad de dotar contratos y becas, para apoyar y favorecer la los objetivos de nuestro centro.También las actividades de difusión y sensibilización son susceptibles de recibir ayuda adicional de particulares, empresas e instituciones.

El apoyo a nuestros proyectos, becas/contratos o a las actividades de difusión son una gran inversión para personas o empresas dispuestas a trasladar su compromiso con la sociedad, mediante la investigación científica de vanguardia sobre el cerebro.

CÓMO PROCEDER

Póngase en contacto con nosotras/os, y juntas/os podremos diseñar su forma particular y específica para poder apoyar tanto nuestras/os objetivos generales, como cosas más específicas, o proyectos en un área o enfermedad concreta, o la formación de investigadoras/es, o… en fin, hablemos!

BENEFICIOS FISCALES

Según establece la Ley 49/2002, 23 de diciembre, de régimen fiscal de entidades sin ánimo de lucro e incentivos fiscales al mecenazgo, las deducciones fiscales aplicables a las donaciones directas a favor de ACHUCARRO son las siguientes

  • DONACIONES DE PARTICULARES
    Deducción en la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del 25% del importe de la donación. La deducción aplicada no podrá exceder del 10% de la base imponible del período del contribuyente. Por el exceso no se podrá aplicar deducción..
  • DONACIONES DE ORGANIZACIONES O EMPRESAS
    Deducción en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades (IS) del 35% del importe de la donación. La base de esta deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del período. Sin embargo, el exceso se podrá aplicar en los períodos impositivos que concluyen a los 10 años siguientes.
  • DONACIONES DE NO-RESIDENTES
    Deducción de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (INRN) del 25% del importe de la donación. La base de esta deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del conjunto de las declaraciones presentadas en ese plazo.

La base de las deducciones por donativos, donaciones y aportaciones: En el supuesto de donativos dinerarios, su importe. En los donativos o donaciones de bienes o derechos, el valor contable que tuvieran en el momento de la transmisión y, en su defecto, el valor determinado conforme a las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.