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MĆ”s investigaciĆ³n, menor impacto de las enfermedades cerebrales

Actualmente la financiaciĆ³n pĆŗblica para la investigaciĆ³n es insuficiente para poder afrontar todos los ambiciosos retos y metas que las personas que nos dedicamos a esta labor, tenemos y nos autoimponemos, para llegar a comprender mejor las enfermedades cerebrales y poder asĆ­ combatirlas con eficacia y eficiencia.

De ahĆ­ que necesitemos informar debidamente a la sociedad sobre la importancia de realizar contribuciones voluntarias y desinteresadas, que nos permitan movilizar mĆ”s y mejores recursos en la bĆŗsqueda de terapias para las enfermedades neurodegenerativa y autoinmunes del cerebro, como el Alzheimer, Parkinson, Esclerosis MĆŗltiple,… por mencionar sĆ³lo algunas.

AYUDAR A ACHUCARRO

Achucarro Basque Center for Neuroscience Fundazioa, el centroĀ ACHUCARRO, es una instituciĆ³n de investigaciĆ³n de vanguardia en el campo de las neurociencias. Desde su constituciĆ³n en 2012, poniendo en valor e incorporando el talento de personas y grupos de investigaciĆ³n que ya estaban en nuestro sistema cientĆ­fico y acadĆ©mico,Ā ACHUCARROĀ ha conseguido crear un proyecto de investigaciĆ³n cientĆ­fica de excelencia que es ya reconocido por su original y prometedor enfoque temĆ”tico en el estudio de las interacciones entre las neuronas y la glĆ­a.

Nuestro objetivo principal, que se resume en nuestro lema, es avanzar en el conocimiento del cerebro y en la transferencia de los avances cientƭficos mƔs fundamentales al Ɣmbito clƭnico, para contribuir a prevenir, diagnosticar y tratar, mƔs y mejor, las enfermedades cerebrales.

COLABORADORAS/ES

Si su empresa estĆ” interesada en colaborar con un proyecto social en relaciĆ³n con la investigaciĆ³n en neurociencias, ACHUCARRO cuenta con multitud de proyectos de investigaciĆ³n en enfermedades del cerebro, o la posibilidad de dotar contratos y becas, para apoyar y favorecer la los objetivos de nuestro centro.TambiĆ©n las actividades de difusiĆ³n y sensibilizaciĆ³n son susceptibles de recibir ayuda adicional de particulares, empresas e instituciones.

El apoyo a nuestros proyectos, becas/contratos o a las actividades de difusiĆ³n son una gran inversiĆ³n para personas o empresas dispuestas a trasladar su compromiso con la sociedad, mediante la investigaciĆ³n cientĆ­fica de vanguardia sobre el cerebro.

CƓMO PROCEDER

PĆ³ngase en contactoĀ con nosotras/os, y juntas/os podremos diseƱar su forma particular y especĆ­fica para poder apoyar tanto nuestras/os objetivos generales, como cosas mĆ”s especĆ­ficas, o proyectos en un Ć”rea o enfermedad concreta, o la formaciĆ³n de investigadoras/es, o… en fin, hablemos!

BENEFICIOS FISCALES

SegĆŗn establece la Ley 49/2002, 23 de diciembre, de rĆ©gimen fiscal de entidades sin Ć”nimo de lucro e incentivos fiscales al mecenazgo, las deducciones fiscales aplicables a las donaciones directas a favor de ACHUCARRO son las siguientes

  • DONACIONES DE PARTICULARES
    DeducciĆ³n en la cuota Ć­ntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas FĆ­sicas (IRPF) del 25% del importe de la donaciĆ³n. La deducciĆ³n aplicada no podrĆ” exceder del 10% de la base imponible del perĆ­odo del contribuyente. Por el exceso no se podrĆ” aplicar deducciĆ³n..
  • DONACIONES DE ORGANIZACIONES O EMPRESAS
    DeducciĆ³n en la cuota Ć­ntegra del Impuesto sobre Sociedades (IS) del 35% del importe de la donaciĆ³n. La base de esta deducciĆ³n no podrĆ” exceder del 10% de la base imponible del perĆ­odo. Sin embargo, el exceso se podrĆ” aplicar en los perĆ­odos impositivos que concluyen a los 10 aƱos siguientes.
  • DONACIONES DE NO-RESIDENTES
    DeducciĆ³n de la cuota Ć­ntegra del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (INRN) del 25% del importe de la donaciĆ³n. La base de esta deducciĆ³n no podrĆ” exceder del 10% de la base imponible del conjunto de las declaraciones presentadas en ese plazo.

La base de las deducciones por donativos, donaciones y aportaciones: En el supuesto de donativos dinerarios, su importe. En los donativos o donaciones de bienes o derechos, el valor contable que tuvieran en el momento de la transmisiĆ³n y, en su defecto, el valor determinado conforme a las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.